Con la aprobación y promulgación de la ley de Ordenación General del Sistema Educativo se afianza definitivamente la denominación de Educación Infantil para referirse a la educación de los más pequeños, clarificando una realidad cuanto menos confusa: guarderías, jardín de infancia, preescolar... Con ello se ha reconocido , por primera vez, el carácter educativo de toda la etapa de educación infantil estableciendo su incorporación en las enseñanzas de régimen general con unos objetivos y contenidos pedagógicos propios y específicos y la no menos importante regulación de los requisitos mínimos que han de cumplir los centros tanto en los espacios como en la titulación de educadores y educadoras.
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