El siguiente informe analiza sintéticamente la situación y los principios jurídicos de la protección de datos en diversos países industrializados. Los cuadros permiten una clara comparación que desvela elementos comunes a pesar de la disparidad de situaciones.
En 1986 se sometió un informe al Deutsche Bundespost, sobre el alcance que tienen diferentes aspectos de la protección de datos, y su influencia en los proyectos de las redes y servicios de las telecomunicaciones modernas en siete países. Este informe fue elaborado con la participación de los responsables de las telecomunicaciones a nivel de gobierno o de empresas operadoras, los de la industria de ese mismo ramo, las autoridades para la protección de la información, así como otras personas expertas. En el mismo, no sólo se incluyeron las investigaciones realizadas sobre la situación general de la protección de datos en los países en cuestión, sino también una valoración de la situación del desarrollo actual de las redes y servicios de las telecomunicaciones, que puedan conllevar el almacenamiento y procesamiento de datos personales. En este aspecto, se le otorgó una consideración especial a la introducción de tecnología digital y la Red Digital de Servicios Integrados (RDSI). Además, se tomaron en consideración las actividades y proyectos de las instituciones internacionales relacionadas con las telecomunicaciones y la protección de datos, como es el caso del Consejo de Europa, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD) y la Comunidad Económica Europea.
El siguiente resumen de dicho informe (1) ha sido revisado y actualizado hasta donde fue posible hacerlo, con la información recogida, hasta septiembre de 1988, sobre las nuevas innovaciones.
En cuanto a las organizaciones internacionales, el Consejo de Europa publicará un estudio titulado "Nuevas tecnologías; ¿un desafío a la protección privada?", preparado por su Comité de Expertos en Protección de Datos. En el mismo se analizan los problemas de la protección de datos relacionados con la telemetría, los medios interactivos (principalmente el videotex) y el correo electrónico. De acuerdo con algunas regulaciones en este campo ‑existentes o en proyecto‑ en algunos de los Estados miembros, el Comité identifica varias opciones para solucionar estos problemas, y señala las posibles consecuencias que tendría para el texto de la Convención para la Protección de la Información, de 1981 (Art. 2a, b, d; Sa, b, d). En la actualidad, el Comité, bajo la presidencia de Peter J. Hustinx (de los Países Bajos), le ha pedido a los grupos de trabajo que examinen cuestiones secretas relacionadas con las operaciones bancarias realizadas por medios electrónicos y los sistemas especializados
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