El ingreso de España en la CEE sitúa en primer plano la incidencia en nuestro país del derecho comunitario en materia de medios de comunicación. Además, el estudio de la legislación de la comunidad es fundamental para calibrar las posibilidades de actuación en una política global que se está definiendo ahora.
Antes de abordar cuál es el régimen jurídico de los medios de comunicación en el derecho comunitario es imprescindible al menos dar cuenta de la incidencia de dicho Derecho en nuestro ordenamiento jurídico, así como explicar cuales son los rasgos definitorios del propio ordenamiento comunitario.
Nuestro país accede al Mercado Común, en el momento preciso en que las instituciones comunitarias debaten la problemática jurídica de los media en una etapa histórica calificada como "era tecnotrónica", en la cual las telecomunicaciones constituyen, según Voge, el "verdadero sistema nervioso de la Humanidad". Era en la cual las fronteras nacionales ocupan un lugar cada vez más marginal. España, por lo tanto, va a poder, en una situación de igual con el resto de los países comunitarios, tomar parte en ese diálogo y en las eventuales decisiones posteriores que tome la Comunidad en esta materia.
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